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Jueves, 03 Diciembre 2015 07:31

Sin recursos extras, Iosper cumple con la Ley de Discapacidad

Sin recursos extras, Iosper cumple con la Ley de Discapacidad

Al conmemorarse este jueves el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, el presidente del Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper), Fernando Cañete, afirmó que la institución “cumple con la Ley para garantizar los beneficios a afiliados discapacitados”, pero advirtió que “nadie nos asigna los recursos extras para cumplir con las normativas vigentes”. Iosper presta atención a un total de 5.140 afiliados discapacitados y con Certificado Único de Discapacidad (CUD) de la provincia. ...

 

El funcionario recordó que “el esfuerzo que realiza Iosper para cumplir con la normativa vigente es inmenso, ya que debe hacerlo con recursos propios, sin recibir asistencia extra”.

Además, Cañete señaló que desde el organismo apuestan a fortalecer la prevención, ya que “es una herramienta clave para evitar consecuencias que dejan secuelas para toda la vida”.

 

LOS NÚMEROS

El directivo destacó que Iosper atiende a un total de 5.140 afiliados discapacitados y con CUD de la provincia. De ese número, 566 son celiacos; 715 son afiliados inscriptos en el Programa de Geriatría, que está administrado por la Dirección de Programas Específicos (les otorga pañales e internación geriátrica o subsidio por cuidador domiciliario, según las necesidades), y el resto son pacientes con diferentes patologías. “Préstamos   y cobertura para el tratamiento integral como así también la provisión de insumos son algunos de los beneficios con el que cuenta este grupo de personas”, señaló el funcionario.

¿QUÉ SE OFRECE?

Para el tratamiento integral, Iosper creó la Dirección de Programas Específicos,  que atiende y administra la cobertura de la rehabilitación. Esta área abarca el Departamento Social e Interdisciplinario, y está integrada por un equipo de profesionales en medicina, kinesiología, psicopedagogía, psicología, terapia ocupacional y asistentes sociales.

Estos profesionales se ocupan de auditar la prestación requerida y su posterior autorización, en tanto el Departamento Gestión y Control se aboca a asesorar al afiliado o al familiar responsable sobre los pasos administrativos que debe realizar para solicitar el beneficio.  Acompañante terapéutico, servicios de enfermería, cuidados domiciliarios, traslados a rehabilitación y subsidios para geriatría y celiaquía son otros beneficios que brinda nuestra obra social. La modalidad de cobertura en todas las terapias rehabilitatorias es por reintegro de la prestación otorgada, debido a la falta de convenio entre Iosper y los Colegios de Profesionales, excepto con la rehabilitación kinésica, donde están vigentes los acuerdos individuales y con la Asociación de Kinesiólogos de Entre Ríos (Aker).

En este último caso, se otorgan órdenes al afiliado para que éste se las entregue a su terapeuta. Cabe destacar que la prestación kinésica es la más requerida por los afiliados con discapacidad, ya que la mayoría de las afecciones tienen una repercusión directa sobre el aparato locomotor y otros órganos que están sumamente comprometidos en su sistema respiratorio, lo que hace que esta terapia sea imprescindible.  

En cuanto a la provisión de insumos se otorgan los medicamentos necesarios para el tratamiento de cada enfermedad, y se proveen elementos ortoprotésicos como sillas de ruedas de diferente índole (posturales, de traslado), reposeras para baño, bipedestadores, andadores, tubos y mascaras de oxígeno, saturómetros de pulso, almohadones y colchones antiescaras, camas ortopédicas, y aparatos de alta tecnología para la asistencia respiratoria. Además, se entregan prótesis internas necesarias para los reemplazos articulares y ortesis externas como valvas y férulas.

Iosper también tiene convenios en el interior del país con diversas instituciones y profesionales que brindan su atención en casos que requieren estudios, consultas o tratamientos que no se realizan en nuestra provincia. La prestación cubre traslado, alojamiento y tratamiento.

UN POCO DE HISTÓRIA

La discapacidad en Entre Ríos y en el país ha tenido mayor relevancia en la sociedad y en los sistemas de atención del Estado y de privados a partir de la sanción de la Ley 24.901, sancionada en noviembre de 1995, que establece el “sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad”.  

En su artículo 2, la norma establece que “las obras sociales, comprendiendo por tal concepto las entidades enunciadas en el artículo 1º de la ley 23.660, tendrán a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la presente Ley, que necesiten las personas con discapacidad afiliadas a las mismas”.

EN LAS PROVINCIAS

En cada provincia existe una   entidad que tiene de una junta evaluadora (constituida por médicos) que se ocupan de evaluar la discapacidad del afectado, su grado de afección y la repercusión que tendrá en su vida, considerando los factores bio-psico-sociales. Con estos datos y la documentación correspondiente se le otorga un Certificado Único de Discapacidad (CUD), que le será útil a la persona que lo posea para exhibirlo antes las autoridades u entidades que se lo solicite para obtener los beneficios como discapacitado.

¿QUÉ ES LA DISCAPCIDAD?

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) se entiende por discapacidad la interacción entre las personas que padecen alguna enfermedad (por ejemplo, parálisis cerebral, síndrome de Down y depresión) y factores personales y ambientales (por ejemplo, actitudes negativas, transporte y edificios públicos inaccesibles y un apoyo social limitado).

La población y grupo etario con discapacidad de diferente índole es muy variado. La mayoría son patologías de origen congénito con repercusión neuromuscular; le siguen las adquiridas de origen desconocido o idiopáticas como la artritis, artrosis, esclerosis múltiples y lateral amiotrófica, y luego las de causa determinada, como por ejemplo, los accidentes de tránsito que dejan secuelas graves que incapacitan a las personas.

Leído 5217 veces Modificado por última vez el Martes, 16 Febrero 2016 20:50

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