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Constancia de Afiliación

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Consulta de Farmacias

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Para el caso de menores en trámite de Adopción (futura Adopción), deberá adjuntarse la sentencia Judicial pertinente donde se exprese la situación del menor frente al titular, que solicita la afiliación a la Obra Social finalizado el trámite Judicial deberá presentar fotocopia de la libreta de familia, llenar formulario 14-624 y fotocopia del recibo de sueldo.

Los adherentes hijos mayores de 22 años de edad y hasta los 26 años que cursen estudios secundarios, terciarios y/o Universitarios, oficialmente reconocidos por el Consejo General de Educación, deberán adjuntar constancia de alumno regular expedido por la unidad Académica por cada inicio del ciclo electivo.

Los afiliados titulares obligatorios con adherente a cargo (grupo familiar primario) presentaran fotocopias de la libreta de familia o partidas de nacimientos.

Solicitud de incorporación

Toda solicitud de incorporación a la Obra Social se efectuará cumplimentando la Solicitud de Inscripción de Afiliados Obligatorios formulario 14-624, el mismo deberá ser acompañado de la siguiente documentación según sea la naturaleza afiliatoria.

Afiliado Obligatorio
El afiliado TITULAR obligatorio deberá cumplimentar el formulario 14-624 adjuntando la siguiente documentación:
  • Fotocopia del último recibo de haberes.
  • En los casos de suplentes o contratados o transitorios se deberá adjuntar contrato o constancia de antigüedad mínima de seis (6) meses continuos e ininterrumpidos de prestación de servicios extendido por el Director de Servicio Administrativo o Dirección de Recursos Humanos de la Repartición a la que corresponda el Agente.
  • En los casos de designación en Planta permanente deberá adjuntar fotocopia del Decreto o Resolución, etc.
Los afiliados titulares obligatorios con adherente a cargo (grupo familiar primario) presentarán fotocopias de la libreta de familia o partidas de nacimientos.
En caso de presentar CUD no regirá dicho limite de edad
Los adherentes hijos mayores de 22 años de edad y hasta los 26 años que cursen estudios secundarios, terciarios y/o Universitarios, oficialmente reconocidos por el Consejo General de Educación, deberán adjuntar constancia de alumno regular expedido por la unidad Académica por cada inicio del ciclo electivo y podrán tramitarlo únicamente dentro de los 90 días posteriores a su baja.
Para el caso de menores en trámite de Adopción (futura Adopción), deberá adjuntarse la sentencia Judicial pertinente donde se exprese la situación del menor frente al titular, que solicita la afiliación a la Obra Social finalizado el trámite Judicial deberá presentar fotocopia de la libreta de familia, llenar formulario 14-624 y fotocopia del recibo de sueldo.
Afiliados Voluntarios
Se encuentran actualmente suspendidas por resolución 759/20
 
  Los cónyuges de afiliados obligatorios al Instituto integran el grupo familiar primario y son considerados voluntarios al sistema.

  Se dispone un reempadronamiento de cónyuges varones, que se registran afiliados al 01/10/2007, debiendo cumplimentar formulario 14-624 (único requisito), este mismo es indispensable para el cese del aporte adicional del 5%.

Requisitos:
 - Requisito excluyente todos aquellos que tengan otra obra social
 - Unión convivencial o acta de matrimonio inscripta en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas con un mínimo de 2 años
 -   No ser autónomo o monotributista en A.F.I.P.
 - Certificación de Anses Negativa
 - Fotocopia ultimo recibo de haberes del titular
 - Cumplimentar formulario 14-624
 - No exceder los 60 años de edad
 - El aporte de los adherentes conyuges o concubino es de 1,5% sobre la remuneración del titular.
Para demostrar transparencia y evitar reclamos hemos decidido listar los pagos que realiza la Institución a sus prestadores y contrapartes de convenios.

 

Pagos a prestadores  
Pagos Prestacionales Enero 2019 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Diciembre 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Noviembre 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Octubre 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Setiembre 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Agosto 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Julio 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Junio 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Mayo 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Abril 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Marzo 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Febrero 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Enero 2018 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Diciembre 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Noviembre 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Octubre 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Septiembre 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Agosto 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Julio 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Junio 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Mayo 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Abril 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Marzo 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Febrero 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Enero 2017 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Diciembre 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Noviembre 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Octubre 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Setiembre 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Agosto 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Julio 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Junio 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Mayo 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Abril 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Marzo 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Febrero 2016 RiAAnLELT
Pagos Prestacionales Enero 2016 RiAAnLELT

Listado de medicamentos

Conozca los tipos de derivaciones y la documentación que debe presentar en un establecimiento de IOSPER para efectuar la misma.

Derivaciones en Tránsito

 
  • Estas derivaciones dan cobertura de urgencia. Las mismas se confeccionan en las agencias de IOSPER con un periodo máximo de un mes
  • Las derivacion para IAPOS se confeccionan en el formulario DP-770
  • Para el resto de las provincias se confeccionan en el formulario DP-648
  • Para el caso de Capital Federal donde no rige convenio de reciprocidad con IOMA se utiliza el formulario GP-767 por el cual se deriva a toda la red de hospitales con convenio     

DERIVACIONES PARA ESTUDIANTES
 
  • Esta derivación se extiende para los estudiantes que cursen sus estudios fuera de la provincia, por el período que corresponda conforme su afiliación.
  • Debe presentar certificado de alumno regular del año académico vigente, fotocopia de 1era y 2da hoja del documento nacional de identidad del afiliado titular y de la persona a derivar, compromiso de crédito asistencial firmado por el titular y copia de su último recibo de haberes.
 
DERIVACIONES POR ATENCIÓN
 

Documentación a Presentar

  1. Nota del afiliado detallando lo solicitado.- (La misma deberá contar con firma, aclaración, Nro. De documento, teléfono fijo y/o celular, dirección, correo electrónico (e-mail))
  2. Pedido Medico solicitando la derivación y con la fundamentación de los motivos por la cual se deriva.- (si es la primera vez, a este pedido lo debe realizar un médico prestador de la Obra social)
  3. Solicitud de derivación - Formulario DP-767.- (el cual debe ser completado por el médico prestador de IOSPER que solicita la derivación  – El mismo es solicitado solo la primera vez que se deriva).-
  4. Copia de estudios anteriores.- (se deberá presentar solo los informes, no así imágenes)
  5. Historia Clínica Actualizada.- (la cual se deberá actualizar cada vez que sea derivado)
  6. Presupuesto a nombre de IOSPER.- (En caso de ser solicitado por la División)
  7. Crédito Asistencial.- (En caso de no concurrir el titular deberá presentar una autorización por parte del mismo para así firmar crédito Asistencial)

A tener en cuenta:

  • Importante: solamente se autorizarán derivaciones en aquella oportunidad en que la patología NO pueda ser resuelta en el ámbito provincial o en su defecto este Instituto no cuente con prestadores propios.-
  • La Auditoria de la División derivaciones tiene un plazo máximo de 10 días hábiles  para dar respuesta a la solicitud de derivación.-
  • Tener en cuenta que se le puede solicitar alguna otra documentación en el caso que la Auditoria lo Requiera.-
  • No se debe pedir turno hasta que no le sea autorizada la Derivación, en el caso de tener gestionado un turno, el mismo no será condicionante para la autorización
  • El Fondo Voluntario no Cubre Prácticas fuera de la Provincia.-
  • Es facultad de la División Derivaciones y la superioridad, determinar el centro al cuál será derivado.-
  • La documentación deberá ser presentada:
  • Afiliados de Paraná:  en la Agencia Paraná I (calle Gualeguaychú 673), y se le notificará telefónicamente o por nota, desde Casa Central (Andrés Pazos 243) lo resuelto sobre la solicitud de derivación;
  • Afiliados del Interior:  deberá hacerlo a través de la delegación de IOSPER de su localidad, a la cual se le informará lo resuelto sobre la solicitud de derivación.-
  • Por dudas o consultas puede comunicarse al teléfono (0343) 4204501 o mediante e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..-

Documentación Requerida para los distintos casos
 
  • Fotocopia del documento nacional de identidad, 1era, y 2da hoja
  • En caso de no concurrir el titular a realizar el tramite debe mandar la correspondiente autorización
  • Compromiso de crédito asistencial firmado

Documentación a Presentar

1)    Nota del afiliado detallando lo solicitado.- (La misma deberá contar con firma, aclaración, Nro. De documento, teléfono fijo y/o celular, dirección, correo electrónico (e-mail))

2)    Pedido Medico solicitando la derivación y con la fundamentación de los motivos por la cual se deriva.- (si es la primera vez, a este pedido lo debe realizar un médico prestador de la Obra social)

3)    Solicitud de derivación - Formulario DP-767.- (el cual debe ser completado por el médico prestador de IOSPER que solicita la derivación  – El mismo es solicitado solo la primera vez que se deriva).-

4)    Copia de estudios anteriores.- (se deberá presentar solo los informes, no así imágenes)

5)    Historia Clínica Actualizada.- (la cual se deberá actualizar cada vez que sea derivado)

6)    Presupuesto a nombre de IOSPER.- (En caso de ser solicitado por la División)

7)    Crédito Asistencial.- (En caso de no concurrir el titular deberá presentar una autorización por parte del mismo para así firmar crédito Asistencial)

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