Los afiliados titulares obligatorios con adherente a cargo (grupo familiar primario) presentaran fotocopias de la libreta de familia o partidas de nacimientos.
Solicitud de incorporación
Toda solicitud de incorporación a la Obra Social se efectuará cumplimentando la Solicitud de Inscripción de Afiliados Obligatorios formulario 14-624, el mismo deberá ser acompañado de la siguiente documentación según sea la naturaleza afiliatoria.
- | Requisito excluyente todos aquellos que tengan otra obra social | |
- | Unión convivencial o acta de matrimonio inscripta en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas con un mínimo de 2 años | |
- | No ser autónomo o monotributista en A.F.I.P. | |
- | Certificación de Anses Negativa | |
- | Fotocopia ultimo recibo de haberes del titular | |
- | Cumplimentar formulario 14-624 | |
- | No exceder los 60 años de edad | |
- | El aporte de los adherentes conyuges o concubino es de 1,5% sobre la remuneración del titular. |
Conozca los tipos de derivaciones y la documentación que debe presentar en un establecimiento de OSER para efectuar la misma.
Documentación a Presentar
A tener en cuenta:
Documentación a Presentar
1) Nota del afiliado detallando lo solicitado.- (La misma deberá contar con firma, aclaración, Nro. De documento, teléfono fijo y/o celular, dirección, correo electrónico (e-mail))
2) Pedido Medico solicitando la derivación y con la fundamentación de los motivos por la cual se deriva.- (si es la primera vez, a este pedido lo debe realizar un médico prestador de la Obra social)
3) Solicitud de derivación - Formulario DP-767.- (el cual debe ser completado por el médico prestador de IOSPER que solicita la derivación – El mismo es solicitado solo la primera vez que se deriva).-
4) Copia de estudios anteriores.- (se deberá presentar solo los informes, no así imágenes)
5) Historia Clínica Actualizada.- (la cual se deberá actualizar cada vez que sea derivado)
6) Presupuesto a nombre de IOSPER.- (En caso de ser solicitado por la División)
7) Crédito Asistencial.- (En caso de no concurrir el titular deberá presentar una autorización por parte del mismo para así firmar crédito Asistencial)