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Instituto de Obra Social de la
Provincia de Entre Ríos |
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SOLICITUD DE INCORPORACIÓN
Toda solicitud de incorporación a la Obra Social se efectuará cumplimentando la Solicitud de Inscripción de Afiliados Obligatorios formulario 14-624, el mismo deberá ser acompañado de la siguiente documentación según sea la naturaleza afiliatoria.
AFILIADO OBLIGATORIO
El afiliado obligatorio deberá cumplimentar el formulario 14-624 adjuntando la siguiente documentación:
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Fotocopia del último recibo de haberes. |
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En los casos de suplentes o contratados o transitorios se deberá adjuntar contrato o constancia de antigüedad mínima de seis (6) meses continuos e ininterrumpidos de prestación de servicios extendido por el Director de Servicio Administrativo o Dirección de Recursos Humanos de la Repartición a la que corresponda el Agente. |
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En los casos de designación en Planta permanente deberá adjuntar fotocopia del Decreto o Resolución, etc. |
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HIJOS MENORES DE 22 AÑOS (PARA AFILIADOS OBLIGATORIOS) |
Los afiliados titulares obligatorios con adherente a cargo (grupo familiar primario) presentaran fotocopias de la libreta de familia o partidas de nacimientos.
En el caso de la afiliado secundario con el aporte adicional del 5% según reglamentación vigente y deberá cumplimentar Certificación Medica al dorso del formulario 14-624 y Análisis según Res. 263/00. |
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HIJOS ESTUDIANTES |
| Los adherentes hijos mayores de 22 años de edad y hasta los 26 años que cursen estudios terciarios y Universitarios, oficialmente reconocidos por el Consejo General de Educación, deberán adjuntar constancia de alumno regular expedido por la unidad Académica por cada inicio del ciclo electivo. |
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HIJOS EN TRÁMITE DE ADOPCIÓN |
| Para el caso de menores en trámite de Adopción (futura Adopción), deberá adjuntarse la sentencia Judicial pertinente donde se exprese la situación del menor frente al titular, que solicita la afiliación a la Obra Social finalizado el trámite Judicial deberá presentar fotocopia de la libreta de familia, llenar formulario 14-624 y fotocopia del recibo de sueldo. |
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HIJOS CON CAPACIDADES ESPECIALES |
Hijos mayores de 22 años Incapacitados y a cargo del titular, deberá acreditar la incapacidad cumplimentando mediante certificación Medica en el reverso del formulario 14-624 donde conste la naturaleza de su enfermedad y grado de Incapacidad.
Se deberá presentar el Certificado Nacional de Discapacidad (anexo I Res. 1074/95 y 1061/95). |
2 - AFILIADOS VOLUNTARIOS
Para Ex Afiliados que dentro de los 60 días de producida la desvinculación de la Administración Publica Municipio o Ente Descentralizado, podrán continuar afiliados con continuidad de servicios y sin periodos de carencia. Deberá cumplimentar la Solicitud de Incorporación de afiliados Voluntarios formulario 14-609.
Transcurrido dicho plazo cumple carencia según 263/00 debiendo cumplimentar análisis correspondientes según Res. 263/00 anexo I.
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AFILIADOS VOLUNTARIOS CONYUGES RES.533/07 |
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Los cónyuges de afiliados obligatorios al Instituto (varón o mujer) integran el grupo familiar primario y son considerados voluntarios al sistema.
Se dispone un reempadronamiento de cónyuges varones, que se registran afiliados al 01/10/2007, debiendo cumplimentar formulario 14-624 (único requisito), este mismo es indispensable para el cese del aporte adicional del 5%.
Requisitos:
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Requisito excluyente todos aquellos que tengan otra obra social |
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Análisis según resolución 263/00. Laboratorio Analítico (hemograna, eritrosedimentación, glucemia, uremia orina completa, chagas), HIV, Hepatitis “B”, Electrocardiograma |
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Acta de Matrimonio o certificado de convivencia extendido por Juez de Paz con un mínimo de 3 años o partida de nacimiento de un hijo en común |
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Certificación de la Anses |
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Fotocopia ultimo recibo de haberes del titular |
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Cumplimentar formulario 14-789 |
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AFILIADOS CON CAPACIDADES DIFERENTES |
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IOSPER empadronará a los afiliados con capacidades diferentes, con el fin de evaluar la factibilidad de establecer “un programa de atención integral para el discapacitado”.
La medida es de carácter obligatorio y para la misma se estableció un plazo de 90 días a partir del 1º de noviembre próximo.
En tal sentido, se requiere a los afiliados concurrir a la agencia IOSPER más cercana a su domicilio y presentar la siguiente documentación:
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Carnet prestacional |
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Ultimo recibo de haberes |
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Documento Nacional de Identidad del Titular o Adherente |
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Partida de Nacimiento y /o Libreta de familia |
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Cumplimentar los formularios 14-790 y 14-624 |
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Certificado Nacional de Discapacidad |
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(En Paraná: G. Matórras y Azcuénaga de 7 a 13 hs., Tel. (0343) 4236473 – En Concepción del Uruguay: Hospital Justo José de Urquiza, Tel. (03442) 427063) |
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Para más información consultar al Dpto. Afiliaciones (0343) 4204520 / 24 o 4204500 int. 225 / 230 |
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AFILIADOS VOLUNTARIOS RES.1062/95 |
| Para todas aquellas personas que deseen ingresar en forma voluntaria podrán hacerlo llenando formulario 14-609 y cumplimentando los estudios requeridos por Res. 263/00 anexo III. |
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HIJOS MAYORES DE 22 O 26 AÑOS. RES. 236/00 ANEXO I |
Para los hijos de afiliados titulares Obligatorios, que por razón de haber alcanzado la edad limite quedan sin cobertura, se ha dispuesto la incorporación en forma voluntaria para todos los hijos menoreas de 35 años soltero y sin hijos, con una capita a descontar por recibo de sueldo.
Deberá cumplimentar formulario 14-748
Partida de nacimiento, fotocopia del recibo de sueldo del titular y análisis según res. 263/00.
Pasado los 30 días corresponde carencia según 263/00 debiendo cumplimentar análisis correspondientes. |
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NIETOS Y MENORES A CARGO SEGÚN RES. 263/00 ANEXO II |
Para los titulares Obligatorios que tengan menores bajo su tutela o guarda que cohabite en la misma vivienda con entrega u orden judicial que autorice una capita de $ 25 mensuales a descontar por recibo de sueldo.
Requisitos:
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Tenencia a cargo |
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Estudio Socio – Económico |
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Partida de Nacimiento |
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Fotocopia del recibo de sueldo del titular |
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Llenado del formulario 14-748. |
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Análisis res. 263/00 según corresponda |
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NIETOS RECIEN NACIDOS (dentro de los cinco días Res. 002/00 Afiliados obligatorios) |
| Corresponden servicios inmediatos pagan $ 75.(o lo que en su momento determine el Instituto)
Llenar formulario 14-609 y certificación Medica. |
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EX AFILIADOS EN FORMA TRANSITORIA RES. 236/00 ANEXO III |
Para todos aquellos trabajadores del Estado provincial o municipal que dejen de percibir sus haberes en forma transitoria podrán continuar con los servicios si dentro de los 30 días realizan su incorporación en forma voluntaria: pasado los 30 días corresponden los servicios según Res. 263/00.
- Para titular solo corresponde capita de $ 28.
- Para titular y grupo familiar corresponde $ 50.
- O lo que el Instituto en su momento lo determine. |
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